La resolución analiza las distintas peticiones formuladas por el interesado, entre las que se encontraban cuestiones relacionadas con el censo electoral, el acceso al mismo, una recusación planteada frente a una integrante de la Junta Electoral y la solicitud de anulación de un acuerdo anterior de la propia Junta.
La Junta Electoral inadmite todas las solicitudes formuladas al entender que no procede ninguna de las pretensiones planteadas y que parte de ellas ya están siendo examinadas por el Tribunal del Deporte de la Comunitat Valenciana.
Puede consultarse el acuerdo íntegro en el siguiente enlace: ver acuerdo